En Argentina, el trabajo de menores de 16 años está prohibido por ley, y se penaliza a los empleadores que se aprovechan económicamente del trabajo de menores. El Observatorio de Trabajo Infantil y Adolescente es uno de los componentes del "Programa Encuesta y Observatorio de Trabajo Infantil”, cuyo desarrollo inicial corresponde al año 2003, producto de un acuerdo entre el MTEySS y el IPEC/OIT.
A partir del año 2006, las actividades del OTIA se enmarcan sucesivamente en varios convenios que el MTEySS suscribe con UNICEF: "Contribución al Observatorio de Trabajo Infantil y Adolescente”; con el PNUD: ARG/04/036: "Sistema de información par la evaluación y el monitoreo del empleo, el trabajo y la inclusión social” y, en forma conjunta, con OIT, el PNUD y UNICEF: el "Programa Conjunto de apoyo al Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil”, que rige en la actualidad.
El objetivo principal de estos convenios es fortalecer la capacidad del MTEySS para el diseño, puesta en marcha y mantenimiento de un Observatorio de Trabajo Infantil y Adolescente con información cuantitativa y cualitativa actualizada.
La Coordinación en el área del MTEySS corresponde a la Subsecretaria de Programación Técnica y Estudios Laborales.Daniela Leiva Seisdedos www.elarcondeclio.com.ar
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